Realizar una compra inmobiliaria segura en República Dominicana

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Realizar una compra inmobiliaria segura en República Dominicana

Vista áerea de los terrenos en Punta CanaGuía de los Compradores Inmobiliarios

Los compradores e inversionistas inmobiliarios encontrarán aquí informaciones para tomar decisiones relativas a la adquisición de una propiedad en República Dominicana. Sin embargo, siempre es importante consultar un profesional que responderá a las preguntas y a las inquietudes que pueda tener, con relación a su futura compra inmobiliaria.

Ley que Rige la Inmobiliaria:

Las transacciones inmobiliarias en República Dominicana son regidas por la Ley de Registro Inmobiliario No. 108-05 y sus regulaciones.

Proceso de Cierre

Los extranjeros están autorizados a adquirir una propiedad en República Dominicana. Como extranjero, está sometido a las mismas exigencias que los dominicanos y deberá obtener un número de Registro Nacional del Contribuyente (RNC) para poseer una propiedad a su favor.

Antes de la fecha de cierre, todas las partes de la transacción deberán revisar y aprobar los documentos que se firmarán posteriormente, revisar el poder del abogado, si hay lugar, y obtener la búsqueda del título de propiedad. Una vez que la fecha de cierre está fijada, el comprador y el vendedor tendrán que firmas e intercambiar los siguientes documentos:

Acuerdo de Compra y de Venta : El comprador y el vendedor tienen que firmar un acuerdo de compra y de venta ante un Notario público quien autentificará la firma de cada uno de ellos. Este acuerdo deberá incluir la descripción legal de la propiedad, el precio de adquisición, y otras condiciones específicas de la venta.

El original del Certificado del Título y del Plano Catastral : El vendedor debe entregar el la copia original del certificado de título (Duplicado del Dueño) de la propiedad objeto de la venta y su plan de estudio topográfico.

Copia de los Documentos de Identificación : El Registro del Título en donde está situada la propiedad implica una copia del pasaporte (para los extranjeros) o de la cédula de identidad dominicana (Cédula de identidad y electoral).

Pago de los impuestos : Certificación original de la Dirección General de los Impuestos Internos (DGII), declarando que la propiedad concernida está exenta del Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria (IPI) o que evidencie el último pago del Impuesto sobre la propiedad. El IPI es el impuesto en los domicilios de lujo y los lotes urbanos vacíos (casas y condominios), los lotes situados en zonas urbanas en las cuales ningún edificio ha sido construido, o si ocupa menos de 30% de la propiedad, pueden estar exentos de pago. Las propiedades registradas al nombre de un particular, están sometidas a un impuesto anual cuando su precio sobrepasa los Cinco Millones de pesos dominicanos (RD $5,000,000.00). Este impuesto se paga a una tasa anual de 1% del valor auténtico de la propiedad, pagable en dos pagos, el 11 de marzo y el 11 de septiembre. Si la propiedad pertenece a una corporación, ningún impuesto es aplicado. En cambio, la corporación debe pagar una tasa de 1% en los activos sociales. La Tasa de Transferencia que tiene como meta transmitir y registrar la propiedad al nombre del comprador cuesta más o menos 3% del valor mercantil de la propiedad establecida por la Dirección General de los Impuestos Internos (DGII), o el precio de compra indicado en el acuerdo de compra y de venta. Este impuesto es pagado por el comprador antes del registro de los documentos en el Registro de Títulos. Pago de gastos menores como los sellos e ingresos fiscales.

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Entrega de los documentos

Después de pagas los impuestos, el comprador o su representante tiene que entregar, para el registro en el Registro de Títulos correspondiente, los documentos siguientes :

  • La copia original del Acuerdo de Compra y de Venta ;
  • Certificado de Título de la propiedad (Duplicado del Dueño);
  • Documentos originales certificando el pago de los impuestos;
  • Copias de las cédulas de identidad del Comprador y del Vendedor (Cédula de Identidad y Electoral o pasaporte), y
  • Si existe, cualquier documento que autorice el Registro de Títulos a cancelar cualquier hipoteca sobre la propiedad.

Emisión del Certificado de Título

El Registro de Títulos verificará que todas las condiciones y documentos estén llenados y completados, con el fin de proceder al registro de la venta. El Registro de Títulos cancelará el Certificado de Título entregado y emitirá uno nuevo a favor del comprador. El tiempo desde la entrega de los documentos hasta la emisión del nuevo Certificado de Título puede variar de vez en cuando, según el monto de trabajo del Registro de Títulos en este momento (esto toma normalmente un (1) mes). Una vez que el nuevo Certificado de Título ha sido emitido a su favor, el comprador puede (con su cédula de identidad personal) pasar a buscarlo, o acordar un poder autorizando su abogado a recogerlo en su nombre.

Si compra la propiedad por medio de una entidad o de una compañía dominicana, debe tener a mano, con el fin de depositarlos en el Registro de Títulos, los documentos expuestos a continuación:

  • Reglamentos de la Compañía;
  • Lista de los accionistas;
  • Resolución del Director autorizando la compra de la propiedad;
  • Registro Mercantil y Numero del Registro Nacional del Contribuyente (RNC)

Si decide comprar por medio de una compañía dominicana, tome en cuenta que todas las corporaciones deben presentar anualmente una declaración financiera a la Dirección General de Impuestos Internos, declarando sus operaciones durante el periodo fiscal anterior, o declarándose no-operacional durante este periodo.

Si no presenta la declaración jurada, esta omisión es considerada como una violación del Código de los Impuestos, y el registro de su compañía puede ser suspendido y esta ya no podrá efectuar operaciones comerciales.

Por Sylvain Maufrais, República Dominicana Live

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